Feb 3 12:21
3 mos ago
22 viewers *
Spanish term
sobrevenida
Spanish to French
Law/Patents
Law (general)
Hola,
En un acte de nacimiento de España : "La madre del inscrito ha ADQUIRIDO la nacionalidad española SOBREVENIDA, por RESIDENCIA".
¿Cómo se puede traducir "SOBREVENIDA"?
Gracias.
Nicolas
En un acte de nacimiento de España : "La madre del inscrito ha ADQUIRIDO la nacionalidad española SOBREVENIDA, por RESIDENCIA".
¿Cómo se puede traducir "SOBREVENIDA"?
Gracias.
Nicolas
Proposed translations
(French)
4 +2 | voir explication | Martine Joulia |
Proposed translations
+2
3 hrs
Selected
voir explication
Les références fournies plus bas sont un peu à côté de la plaque, mais jene parviens pas à les effacer.
La nationalité espagnole peut être acquise par 4 voies principes.
Par résidence
Par origine ou filiation
Par possession d'état
Par choix
Dans votre texte, il s'agit d'une acquisition de nationalité par résidence. Le mot "sobrevenida" est à rattacher à "por residencia" (la virgule est de trop). Autrement dit, littéralement, "survenue par résidence". En français, il est inutile.
--------------------------------------------------
Note added at 3 horas (2024-02-03 16:17:11 GMT)
--------------------------------------------------
principales (et non principes)
La nationalité espagnole peut être acquise par 4 voies principes.
Par résidence
Par origine ou filiation
Par possession d'état
Par choix
Dans votre texte, il s'agit d'une acquisition de nationalité par résidence. Le mot "sobrevenida" est à rattacher à "por residencia" (la virgule est de trop). Autrement dit, littéralement, "survenue par résidence". En français, il est inutile.
--------------------------------------------------
Note added at 3 horas (2024-02-03 16:17:11 GMT)
--------------------------------------------------
principales (et non principes)
Note from asker:
D'accord, merci beaucoup ! |
Peer comment(s):
agree |
Emmanuella
: Je ne le traduirais pas
1 hr
|
agree |
jacqueline simana
: Complétement d'accord. Vient en sus en espagnol mais inutile en français
1 day 3 hrs
|
4 KudoZ points awarded for this answer.
Comment: "Merci !"
Reference comments
2 hrs
Reference:
Ley 20 de 2022 Ley de Memoria Democrática, supuestos para solicitar la nacionalidad Española en España o desde país de origen:
1.- Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente fueran hubieran sido españoles (AMPLIADO CON LA INSTRUCCIÓN)
2.- Supuesto apartado 1b Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes se les fue reconocida la nacionalidad española de origen sobrevenida en virtud del derecho de opción de acuerdo a la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007
3.- Los hijos de padre o madre originariamente españoles y nacidos en España que hubiesen optado a la nacionalidad española no de origen sino de opción (ley 36/20222 articulo 20.1.b) ) podrán ahora por esta ley optar a la nacionalidad española de origen.
4.-Los hijos menores de edad, de quienes adquirieron la nacionalidad, por aplicación de la Ley 52/2007 que optaron por la nacionalidad no de origen podrán ahora acogerse a la nacionalidad española de origen. (La ley 52/2007 no reconocida la nacionalidad de origen - originariamente español)
5.-Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o creencias o de orientación o identidad sexual, hubieran PERDIDO O RENUNCIADO A LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA SE PRESUME EL EXILIO: (18/07/1936 – 31/12/1955)
6.-Los hijos o hijas nacidas en el extranjero de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjero antes de la entrada en vigor de la constitución de 1978 (ley15 de julio 1954 hacia
perder la nacionalidad española por matrimonio con extranjero)
--------------------------------------------------
Note added at 2 horas (2024-02-03 14:24:51 GMT)
--------------------------------------------------
Ici la traduction officielle :
https://www.exteriores.gob.es/Consulados/lyon/fr/ServiciosCo...
3) Les fils et filles majeur.e.s d'Espagnol.e.s dont la nationalité d'origine a été reconnue en vertu du droit d'option, conformément aux dispositions de la Loi nº 20/2022 sur la Mémoire Démocratique ou de la Loi nº 52/2007 sur la Mémoire Historique.
1.- Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente fueran hubieran sido españoles (AMPLIADO CON LA INSTRUCCIÓN)
2.- Supuesto apartado 1b Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes se les fue reconocida la nacionalidad española de origen sobrevenida en virtud del derecho de opción de acuerdo a la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007
3.- Los hijos de padre o madre originariamente españoles y nacidos en España que hubiesen optado a la nacionalidad española no de origen sino de opción (ley 36/20222 articulo 20.1.b) ) podrán ahora por esta ley optar a la nacionalidad española de origen.
4.-Los hijos menores de edad, de quienes adquirieron la nacionalidad, por aplicación de la Ley 52/2007 que optaron por la nacionalidad no de origen podrán ahora acogerse a la nacionalidad española de origen. (La ley 52/2007 no reconocida la nacionalidad de origen - originariamente español)
5.-Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o creencias o de orientación o identidad sexual, hubieran PERDIDO O RENUNCIADO A LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA SE PRESUME EL EXILIO: (18/07/1936 – 31/12/1955)
6.-Los hijos o hijas nacidas en el extranjero de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjero antes de la entrada en vigor de la constitución de 1978 (ley15 de julio 1954 hacia
perder la nacionalidad española por matrimonio con extranjero)
--------------------------------------------------
Note added at 2 horas (2024-02-03 14:24:51 GMT)
--------------------------------------------------
Ici la traduction officielle :
https://www.exteriores.gob.es/Consulados/lyon/fr/ServiciosCo...
3) Les fils et filles majeur.e.s d'Espagnol.e.s dont la nationalité d'origine a été reconnue en vertu du droit d'option, conformément aux dispositions de la Loi nº 20/2022 sur la Mémoire Démocratique ou de la Loi nº 52/2007 sur la Mémoire Historique.
Discussion