Glossary entry

Spanish term or phrase:

comunidades autónomas

Spanish answer:

comunidades autónomas (minúsculas iniciales)

Added to glossary by Ana Boadla
Nov 8, 2005 12:13
18 yrs ago
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Spanish term

comunidades autónomas

Spanish Social Sciences Social Science, Sociology, Ethics, etc.
"Murcia y Andalucía son las comunidades autónomas con mayor número de..."
Creo que debo ponerlo en minúsculas ya que en este caso funcionan como nombres comunes (país, ciudad, comunidad autónoma...).
¿Pensáis que estaría correcto escribir "Comunidades Autónomas"?

Discussion

Ana Boadla (asker) Nov 8, 2005:
�De qui�n me f�o: de la RAE o de la Constituci�n?... Je, je, je... bonita pregunta,�eh?
Ana Boadla (asker) Nov 8, 2005:
Seg�n el DRAE: "comunidades aut�nomas" comunidad.
5. f. comunidad aut�noma.

... aut�noma.
1. f. Entidad territorial que, dentro del ordenamiento constitucional del Estado espa�ol, est� dotada de autonom�a legislativa y competencias ejecutivas, as� como de la facultad de administrarse mediante sus propios representantes.

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Spanish term (edited): comunidades aut�nomas
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comunidades autónomas

salvo que digas Com. Aut. de xx
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Spanish term (edited): comunidades aut�nomas

Comunidades Autónomas

Tomando como referencia la propia Constitución es Comunidades Autónomas.

Salu2 ;)

www.congreso.es

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
TÍTULO VIII. De la Organización Territorial del Estado
CAPÍTULO TERCERO. De las Comunidades Autónomas


Artículo 143

1.

En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos.

Artículo 145

1.

En ningún caso se admitirá la federación de Comunidades Autónomas.
2.

Los Estatutos podrán prever los supuestos, requisitos y términos en que las Comunidades Autónomas podrán celebrar convenios entre sí para la gestión y prestación de servicios propios de las mismas, así como el carácter y efectos de la correspondiente comunicación a las Cortes Generales. En los demás supuestos, los acuerdos de cooperación entre las Comunidades Autónomas necesitarán la autorización de las Cortes Generales.

Artículo 147

1.

Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico.

Artículo 148

1.

Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias:

#

1.ª Organización de sus instituciones de autogobierno.

2.ª Las alteraciones de los términos municipales comprendidos en su territorio y, en general, las funciones que correspondan a la Administración del Estado sobre las Corporaciones locales y cuya transferencia autorice la legislación sobre Régimen Local.

3.ª Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.

4.ª Las obras públicas de interés de la Comunidad Autónoma en su propio territorio.

5.ª Los ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma y, en los mismos términos, el transporte desarrollado por estos medios o por cable.

6.ª Los puertos de refugio, los puertos y aeropuertos deportivos y, en general, los que no desarrollen actividades comerciales.

7.ª La agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía.

8.ª Los montes y aprovechamientos forestales.

9.ª La gestión en materia de protección del medio ambiente.

10.ª Los proyectos, construcción y explotación de los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés de la Comunidad Autónoma; las aguas minerales y termales.

11.ª La pesca en aguas interiores, el marisqueo y la acuicultura, la caza y la pesca fluvial.

12.ª Ferias interiores.

13.ª El fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional.

14.ª La artesanía.

15.ª Museos, bibliotecas y conservatorios de música de interés para la Comunidad Autónoma.

16.ª Patrimonio monumental de interés de la Comunidad Autónoma.

17.ª El fomento de la cultura, de la investigación y, en su caso, de la enseñanza de la lengua de la Comunidad Autónoma.

18.ª Promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial.

19.ª Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio.

20.ª Asistencia social.

21.ª Sanidad e higiene.

22.ª La vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones. La coordinación y demás facultades en relación con las policías locales en los términos que establezca una ley orgánica.
#

Transcurridos cinco años, y mediante la reforma de sus Estatutos, las Comunidades Autónomas podrán ampliar sucesivamente sus competencias dentro del marco establecido en el artículo 149.
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